Reglamento (UE) nº 1215/2012 de 12 de diciembre de 2012 y Reglamento (CE) nº 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil
El Reglamento (UE) nº 1215/2012 [Reglamento Bruselas I (refundición)] sustituye al Reglamento (CE) nº 44/2001 desde el 10 de enero de 2015. Este nuevo Reglamento se aplica solo a las acciones judiciales ejercitadas, a los documentos públicos con fuerza ejecutiva formalizados o registrados y a las transacciones judiciales aprobadas o celebradas a partir del 10 de enero de 2015. El Reglamento se aplica en todos los Estados miembros de la Unión Europea, incluida Dinamarca, en virtud de un acuerdo paralelo sobre el Reglamento 44/2001 con la Unión Europea. Este Acuerdo entró en vigor el 1 de julio de 2007.
El Reglamento (CE) nº 44/2001 sigue aplicándose a las resoluciones dictadas en las acciones judiciales ejercitadas, a los documentos públicos con fuerza ejecutiva formalizados o registrados y a las transacciones judiciales aprobadas o celebradas antes del 10 de enero de 2015 y que recaen en el ámbito de aplicación del presente Reglamento.
El Reglamento (UE) nº 1215/2012 prevé dos formularios, a saber, el certificado relativo a una resolución judicial y el certificado relativo a un documento público / una transacción judicial.
El Reglamento (CE) nº 44/2001 prevé dos formularios.
Información adicional: Reglamento Bruselas I (refundición) y Ejecución de resoluciones judiciales
Presentación de formularios a la autoridad competente
Los formularios cumplimentados deben enviarse a la autoridad competente de la forma requerida por dicha autoridad. En la sección del Atlas Judicial Europeo puede encontrarse más información sobre los datos de contacto de las autoridades competentes, los legisladores nacionales pertinentes, etc. Esta página incluye una herramienta de búsqueda para encontrar a las autoridades competentes a las que enviar los formularios cumplimentados.
Para preencher estes formulários em linha basta clicar numa das seguintes ligações. Se já começou a preencher um formulário e guardou um rascunho, pode carregá-lo usando o botão «Carregar rascunho».
Em 1 de janeiro de 2021, o Reino Unido deixou de ser Estado-Membro da União Europeia. No entanto, no domínio da justiça civil, os processos e procedimentos pendentes que tiverem tido início antes do final do período de transição continuarão a ser regidos pelo direito da UE. Até ao final de 2025, o Reino Unido pode continuar a ser selecionado em formulários (dinâmicos) em linha, para efeitos desses procedimentos e processos. Os formulários de documentos públicos constituem uma exceção a esta regra, pelo que nesses formulários o Reino Unido não poderá ser selecionado.
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Última actualización : 22/04/2022